El Ministerio de Salud y Protección Social emitió la Resolución 81O de 2021, a través del cual se establece el reglamento técnico de etiquetado nutricional y frontal, que deben cumplir los alimentos envasados o empacados para consumo humano en Colombia.
Este reglamento técnico busca proporcionar al consumidor final una información nutricional clara y comprensible sobre el producto, prevenir prácticas que induzcan a engaño o error y permitir al consumidor efectuar una elección informada.
La nueva resolución 81O de 2021 pasa de ser voluntaria a ser obligatoria. Establece criterios para la tabla nutricional de manera que sea más grande a la vista y más sencilla de entender.
Se actualizaron los valores de referencia, que tienen usos para el etiquetado nutricional, con base en las recomendaciones de ingesta de energía y nutrientes para la población colombiana.
Esta Resolución empezó a regir a partir del 16 de diciembre de 2022.
Condiciones de Temperatura de Acuerdo con el Producto a Evaluar
Almacenamiento | Estudio Natural | Estudio Acelerado |
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Temperatura (°C) | Humedad Relativa (%) | Temperatura (°C) | Humedad Relativa (%) |
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Congelación | -18 ± 2 | No aplica | 5 ± 3 | No aplica |
Refrigeración | 5 ± 3 | No aplica | 30 ± 2 | 75 ± 5 |
Ambiente | 30 ± 2 | 75 ± 5 | 40 ± 2 | 75 ± 5 |